Educación Parvularia
Es el primer nivel del sistema educacional chileno, reconocido en la Constitución Política del Estado el año 1999 (ley 19.634). Atiende integralmente a niños y niñas desde su nacimiento hasta su ingreso a la educación básica, sin constituirse como nivel obligatorio.Su propósito es favorecer en forma sistemática, oportuna y pertinente aprendizajes de calidad para todos los niños y niñas menores de seis años, a través de instituciones y organismos, en forma complementaria a la educación que realizan las familias.
Bases Curriculares de la Educación Parvularia
Corresponden al currículum que se propone como marco orientador para la educación desde los primeros meses hasta el ingreso a la Educación BásicaEste marco ofrece a las educadoras y educadores un conjunto de fundamentos, objetivos de aprendizaje y orientaciones para el trabajo con niños y niñas.
Las Bases Curriculares constituyen un marco de referencia amplio y flexible, que admite diversas formas de realización posibilitando trabajar con diferentes énfasis curriculares, considerando, entre otras dimensiones de variación, la diversidad étnica y lingüística así como los requerimientos de los niños y niñas con necesidades educativas especiales.
Educación Regular
Está compuesta por la enseñanza básica y media diurna que se imparte a niños y jóvenes entre 6 y 18 años. Desde el año 2003 ambos niveles educacionales son obligatorios, debiendo el Estado financiar un sistema gratuito que asegure el acceso a ellos de toda la población.Estas definiciones curriculares son obligatorias para toda la población escolar de Chile.
- Formación General para Educación Básica y Media
- Formación Diferenciada Científica Humanista para la Educación Media
- Formación Diferenciada Técnico Profesional para la Educación Media
- Formación Diferenciada Artística para la Educación Media y Objetivos y Contenidos Adicionales de la Formación Artística para la Educación Básica y 1er y 2do Año Medio
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